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MASC y LO 1/2025

¿El proceso monitorio necesita MASC? Lo que están diciendo las Audiencias Provinciales

Cuando la LO 1/2025 introdujo el requisito MASC, una parte de la doctrina sostuvo que el proceso monitorio podía quedar al margen: al fin y al cabo, no es un proceso declarativo ordinario, sino un procedimiento especial para crear rápidamente un título ejecutivo. La cuestión no era teórica: de ella dependía si miles de peticiones monitorias necesitaban o no acompañar el documento del artículo 264.4.º LEC.

La posición de las Audiencias: el monitorio también exige MASC

La práctica judicial ha ido consolidando la respuesta afirmativa. Es ilustrativo el auto n.º 260/2025 de la Audiencia Provincial de Málaga, de 6 de junio de 2025 (ECLI:ES:APMA:2025:535A), que confirma la exigencia del intento negociador previo también para la petición inicial de monitorio. El razonamiento de fondo es coherente con la finalidad de la reforma: si el objetivo del legislador es descargar a los juzgados de litigios evitables, carecería de sentido eximir precisamente al cauce procesal por el que entra la mayor parte de las reclamaciones de cantidad.

En consecuencia, hoy lo prudente —y lo que los Letrados de la Administración de Justicia están exigiendo al admitir a trámite— es acompañar a toda petición monitoria el documento que acredite el intento de negociación.

Qué están pidiendo los juzgados en la práctica

De la experiencia práctica tras la reforma pueden extraerse tres criterios operativos:

¿Y si el deudor es ilocalizable?

Solo cuando no se dispone de ningún dato de contacto (ni correo, ni teléfono, ni domicilio) prevé la ley, como vía excepcional, la declaración responsable del artículo 264.4.º LEC. Es la excepción, no la regla, y los juzgados la examinan con lupa. Por eso en LegalWorks Claims este supuesto no se tramita: para abrir un expediente necesitas aportar al menos un email, un teléfono móvil o un domicilio postal del deudor. Sin ningún dato de contacto, la deuda queda marcada como no tramitable hasta que lo aportes.

Conclusión práctica

Quien hoy presenta un monitorio sin acreditar el MASC se expone a la inadmisión o, como mínimo, a perder uno o dos meses en subsanaciones. En LegalWorks Claims el requerimiento fehaciente con propuesta de negociación, el cómputo del plazo legal y el documento acreditativo para el juzgado forman parte del flujo estándar de cada expediente: cuando decides judicializar, el requisito ya está cumplido y documentado. Si tienes dudas sobre cómo funciona el monitorio en sí, te lo explicamos aquí paso a paso; y si ya tienes una deuda que reclamar, empieza aquí tu expediente.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar el monitorio con una simple declaración responsable?
La ley solo lo admite si el intento de negociación no fue posible, típicamente porque no consta ningún dato de contacto del deudor, y los juzgados examinan esa imposibilidad con rigor. Si tienes domicilio, correo o teléfono, lo exigible es acreditar el intento real. En LegalWorks Claims no tramitamos expedientes sin ningún dato de contacto del deudor: pedimos siempre al menos uno.
¿Sirve un correo electrónico como prueba del intento de negociación?
Puede servir si la dirección consta en la relación contractual y la prueba resiste una impugnación, pero al ser prueba generada por la propia parte es más débil. Un envío certificado por un tercero independiente (burofax postal o digital) reduce drásticamente el riesgo.
¿Qué pasa si el juzgado considera insuficiente mi acreditación MASC?
Lo habitual es un requerimiento de subsanación con plazo breve; si no se subsana, la inadmisión. En ambos casos se pierde tiempo, por lo que conviene cumplir el requisito correctamente desde el primer envío.

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Este artículo ofrece información jurídica de carácter general conforme al ordenamiento español vigente en su fecha de publicación y no constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto. Para un análisis individualizado de tu asunto, contacta con un abogado. Autor: Cristian Roig Blasco, abogado colegiado n.º 2918 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Tarragona.